El Registro de la Propiedad tiene por objeto la inscripción o anotación de los actos y contratos relativos al dominio y demás derechos reales sobre bienes inmuebles. Esto ofrece seguridad jurídica preventiva, una vez se inscriben las titularidades y derechos están bajo la salvaguardia de los Tribunales y se considera como cierto aquello que consta inscrito.
De esta forma, se inscriben y organizan todas las constituciones, ediciones, transmisiones y extinciones de los derechos reales sobre los bienes. Además, se registran aquellas resoluciones judiciales que afectan a la aptitud de la gente.
Uno de los medios más sugeridos para llevar a cabo un Registro de Propiedad, es entrando a la página oficial, allí se puede hallar simple y de manera rápida la documentación elemental del Registro de la Propiedad economizando el tiempo, dinero y viajes insignificantes. La atención brindada en esta interfaz es de primera, vas a ser atendido de manera ligera sin adversidades.
El diseño que muestra la página es simple de andar y no requiere descargas o suscripción alguna, además están en frecuente comunicación con el usuario por medio de mail. Para procesar un Registro de la Propiedad, hay dos maneras: la nota simple y la certificación. Las dos han de contener en su contenido general, la especificación de la propiedad, la titularidad, antigüedad y las cargas de la misma.
La primera tiene valor únicamente informativo, y la certificación es el exclusivo medio de acreditar fehacientemente el contenido del registro y esta debe ser firmada por el Registrador vigente. Para pedir una nota simple, hay que entrar en el portal oficial. Ahí tienes que llenar un formulario identificando la propiedad sobre la cual se quiere pedir la nota simple.
Las certificaciones se van a poder solicitar de manera directa en el Registro o bien de manera remota por medio del portal oficial, aunque va a ser primordial ser usuario abonado del servicio tributario. Suponiendo que se intente un usuario esporádico, identificarse por medio de firma electrónica.